La filosofía de Gareca: "Vivir el presente"

GARECA: VIVIR EL PRESENTE

La filosofía de Gareca: "Vivir el presente".-

Muchas veces me he preguntado ¿para qué vivir? La vida se me hace compleja, complicada, inconsistente, sin sentido. Muchas veces me he preguntado ¿por qué existe la vida, qué de bueno tiene la felicidad, o la ausencia de ella? Jamás logro respuestas. Mientras tanto intento programar mi vida, (...) escribir muchos libros con títulos irreverentes, escribir poesía, historia, ciencia, derecho, cuentos, etc. Y luego nunca me alcanza el tiempo. Termino pensando que programar la vida no es más que una forma de programar nuestras futuras angustias, ponerlas allí en la espera, como si fueran consignas puestas por la vida, la cultura, la educación, para hacer de la vida una agenda. Luego miro hacia atrás y siento que el tiempo ha pasado irremediablemente; miro hacia el futuro y sólo veo una ilusión lejana, y muchas proyecciones. Mientras me aferro a no aferrarme a nada, como diría Cioran, hago muchos ensayos de existencia. Fue en esos trances que escuché una entrevista hecha a Ricardo Gareca, el Director Técnico de la selección peruana, el entrenador futbolístico, que decía cosas que le correspondían a los filósofos, a aquellos como Diógenes, el mismo Cioran, talvez Osho, o en fin el poeta del vino Khayyam; Gareca dice que lo mejor es "vivir el presente"; y entonces entiendo que sí, que tiene razón, que no podemos manejar el pasado, y tampoco el futuro, sólo somos estaciones del presente. Entonces escucho con atención lo que dice Gareca, convertido en un filósofo, y dice: "Yo (...) me pongo metas, pero me he acostumbrado a vivir el presente más que nada. Muchas veces me he puesto metas, (...) expectativas, y la verdad que me dolieron, (al no) cumplirse o no darse esas expectativa; me provocaron determinado dolor. Entonces, (...) he planificado, más que nada, para lo mío, para lo que me gusta, vivir el presente, ¿viste?; disfrutar el presente. Yo, lo que disfruto, lo que he logrado es disfrutar el presente, nada más, no miro para atrás, no miro para adelante, solamente disfruto el presente" (Url: https://www.youtube.com/watch?v=Nc_P4VCHnZI). Pero el presente es inmenso a veces, y muy célere otras veces. El presente es una medida de la relatividad del tiempo, según al parecer decía Eisten, cuando uno es feliz el tiempo se acorta; cuando uno es infeliz el tiempo se alarga, entonces, todo es relativo, según el estado emocional.

"El presente" en el Derecho también existe, pero no en la justicia, el presente casi nunca es el de la justicia; eso está demostrado en los procesos, que son largos, y a pesar que se muestran ordenados en plazos, duran años, demasiados años. La clasificación de los procesos civiles, por ejemplo, en procesos de conocimiento, procesos abreviados, procesos sumarísimos, procesos de ejecución; o los procesos no contenciosos, tienen plazos que nunca se cumplen. Kafka ya lo habría vislumbrado. Pero el Código Procesal Civil peruano lo afirma.

Por ejemplo, en los Juzgados Civiles, en vía de "Procesos de Conocimiento" (asuntos contenciosos, en conflicto), allí donde se ven las causas, casos, controversias, disputas de intereses, conflicto de intereses, incertidumbres jurídicas como (475 CPC): 1) Aquellas causas que no tengan vía procedimiental, ley específica, o naturaleza y complejidad de la pretensión el juez las considere atendibles; 2) La estimación patrimonial del petitorio sea mayor a 1000 unidades de referencia procesal; 3) Causas que son inapreciables en dinero o hay duda sobre su monto; 4) El demandante considere que la cuestión debatida solo fuese de derecho. En estos casos, los plazos siguen siendo largos, muy largos, a pesar que la misma norma procesal, el Código Procesal Civil, en su Artículo 478 exprese: 1) Cinco días para tachas u oposiciones de medios probatorios; 2) Cinco días para absolver las tachas; 3) Diez días para interponer excepciones o defensas previas; 4) Diez días para absolver el traslado de excepciones o defensas previas; 5) Treinta días para contestar la demanda y reconvenir; 6) Diez días para ofrecer medios probatorios de hechos no expuestos en la demanda; 7) Treinta días para absolver el traslado de la reconvención; 8) Diez días para subsanar defectos de la relación procesal; 9) Veinte días para audiencia conciliatoria (derogado); 10) Cincuenta días para audiencia de pruebas; 11) Diez días para audiencias especial y complementaria; 12) Cincuenta días para la sentencia; 13) Diez días para apelar la sentencia. Que harían un total de 250 días hábiles, es decir, sin contar los días sábados y domingos. Serían 08 meses. Si descontamos los días sábados y domingos tendríamos que esperar 350 días, es decir, aproximadamente un año. Sin embargo, el proceso nunca se resuelve en un sino duran cinco, diez, o más años, ¿por qué? Carga procesal dicen, y eso es sólo signo de la falta de organización del Poder Judicial. ¿Acaso el presente se pueda observar mejor en los procesos judiciales? El presente se divide en el derecho procesal en ciertas etapas: la etapa de la demanda, tachas, excepciones, defensas previas, contestación de la demanda, reconvención, medios probatorios, subsanación de defectos de la relación procesal, audiencia conciliatoria (derogado), audiencia de pruebas, audiencias especiales o complementarias, sentencia, apelación. Tanto tiempo en el cual el derecho procesal ha dividido la vida. Proceso de conocimiento le llaman, y deberían llamarlo "Proceso largo o larguísimo", y entonces se entendería mejor.

Pero volvamos a Gareca, y vivir sólo el presente, como Ciiorán u Osho, vivir intensamente el presente, que el pasado ya fue, y el futuro no se sabe si vendrá. 

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